Democracia participativa y protagonica en venezuela
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 1
DEMOCRACIA 2
Democracia Participativa y Protagónica en Venezuela 3
Democracia Participativa 3
Venezuela: de la Democracia Representativa a la Democracia Participativa 4
Soberanía, Participación y Protagonismo en Venezuela 10
Visión de la Participación Popular 14
CONCLUSIÓN 21
REFERENCIAS 22
INTRODUCCIÓN
En la actualidad, se conoce que democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo.
En sentido estricto, la democracia es una forma de gobierno, de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que le confieren legitimidad a los representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales de cada país que la ejerce.
En la sociedad venezolana a vivido diferentes cambios, ya que en la actualidad el gobierno de turno está implementando el socialismo del siglo XXI, considerando que el socialismo es una ideología de economía política que defiende principalmente un sistema social, económico y político basado en la socialización de los medios de producción, o control administrativo colectivista, que puede ser no-estatal (propiedad comunitaria) o estatal (nacionalización), donde predomina la democracia participativa y protagónica en Venezuela.
De lo anterior se desprende la presente investigación, la cual estará basada en la democracia participativa y protagónica en Venezuela, soberanía, participación y protagonismo de los ciudadanos en el país, y por último la visión de la participación popular desde el punto de vista del desarrollo social.
DEMOCRACIA
La democracia, es un concepto excitante y el incremento del número de Estados adscritos a prácticas democráticas en la actualidad ha significado una vida diferente para aquellos que ahora viven libres de cualquier opresión política o de un régimen autoritario.
Para Anza (2000), la democracia no consiste de un conjunto individual y único de instituciones que sean universalmente aplicables. La forma específica que adquiere la democracia en un país está determinada en gran medida por las circunstancias políticas, sociales y económicas prevalecientes, así como por factores históricos, tradicionales y culturales.
Por tanto, la democracia, es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del poder reside y está sustentada, en pueblo. Es éste, por medio de elecciones directas o indirectas, quien elige las principales autoridades del país. Asimismo, es el pueblo, quien puede cambiar o ratificar a estas mismas autoridades, en las siguientes elecciones populares. Por este motivo los griegos hablaban de la democracia, como el gobierno del pueblo; de hecho este es su significado literal.
Es así, como se puede conformar una democracia directa, donde el pueblo es quien toma todas las decisiones ejecutivas y legislativas, o la democracia representativa, donde le pueblo por medio de votación popular escoge las autoridades que representarán a la ciudadanía, en la toma de decisiones.
Hoy en día, la gran mayoría de los sistemas democráticos, funcionan por medio de la representación; podemos imaginar lo complicado que sería de otra manera, con la población actual de los países.
De allí, que la democracia existe para otorgarle a la gente una forma de vivir en comunidad de manera que resulte beneficiosa para todos.
Democracia Participativa y Protagónica en Venezuela
Democracia Participativa
La democracia participativa o semidirecta es una expresión amplia, que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.
Lewis (2002), menciona que puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas.
En la actualidad se manifiesta usualmente por medio de referendos o plebiscitos que los representantes elaboran para consultar de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes. En una etapa más avanzada, el proyecto fundamental de la democracia participativa es la creación de un mecanismo de deliberaciones mediante el cual el pueblo, con su propia participación, esté habilitado para manifestarse por igual con puntos de vista tanto mayoritarios como minoritarios. Sin negar que todo sistema democrático eventualmente ha de descansar en decisiones mayoritarias, los mecanismos o i nstituciones de participación tienen el propósito de hacer hincapié en el pleno respeto a las minorías, sus opiniones y su amplia manifestación a través de un mecanismo participativo e institucionalizado.
La democracia participativa no es una participación desordenada, caótica ni inorgánica, sino una disciplinada forma de participación, respetuosa de los intereses, ideas y principios de los demás.
Por su parte, la democracia protagónica es un principio entendido como derecho y deber sociopolítico, que establece una interrelación entre seres humanos para favorecer su desarrollo integral, mediante una actividad y capacidad para intervenir en los asuntos públicos, los cuales están establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este derecho deber exige que la ciudadanía se involucre permanentemente de manera profunda, amplia y organizada, alrededor de todo lo que por hecho y derecho les pertenece en los órdenes: social, político, cultural, territorial, ético, económico y productivo.
La participación protagónica está orientada a ocupar y consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la ciudadanía con los órganos del Poder Público, para gobernar y compartir responsabilidades, en la gestión pública local. De esta manera “se plantea una redistribución del poder como propiedad colectiva, que pertenece a todas y todos, y que se ejerce a través de las diferentes instancias y mecanismos institucionales y comunitarios”. (Cañas, 2002).
Venezuela: de la Democracia Representativa
a la Democracia Participativa
En la actualidad, la democracia ha sido definida tradicionalmente como gobierno del pueblo. Sin embargo, la mayoría de los países del mundo han entendido por democracia, lo que se conoce como democracia representativa. En este modelo, la ciudadanía transfieren, a través del voto, su soberanía a unas o unos representantes.
En Venezuela desde 1945, con la excepción del periodo correspondiente a la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, se impuso el modelo representativo. Este modelo se consolida a partir de 1958 y adquiere su expresión formal con la Constitución de la República de Venezuela sancionada en 1961.
El modelo representativo ha sido una bandera de los Estados Unidos de Norteamérica para imponer su hegemonía. En el caso de América Latina, este modelo es respaldado por la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos (OEA). La Carta Democrática Interamericana, ha sido utilizada para amedrentar a aquellos pueblos que intentan desarrollar autodeterminada y soberanamente, un nuevo modelo político y económico que atente contra el control que detentan la oligarquía y las transnacionales, tal como sucede hoy en Venezuela.
En consecuencia, se define democracia participativa y protagónica como una nueva forma de democracia marcada por la participación libre y activa de la ciudadanía en la formulación, ejecución y control de la gestión pública como mecanismo necesario para lograr el protagonismo que garantice el completo desarrollo, individual y colectivo.
De allí, que el proceso constituyente, desarrollado en Venezuela desde 1998, ha replanteado en el mundo un debate sobre otro modelo de democracia: la democracia participativa y protagónica. Este modelo es el eje fundamental de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promulgada en 1999.
Esta Constitución puede entenderse como una plataforma programática para la construcción de la Venezuela bolivariana. Propone así, la refundación de la República en el marco de una democracia participativa y protagónica que reivindique el carácter multiétnico y pluricultural de nuestra sociedad. También incorpora la economía social como aporte al nuevo modelo económico. Además, reivindica el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, y finalmente establece que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce de manera directa, como ciudadanas y ciudadanos activos y protagónicos, e indirectamente, mediante el sufragio.
Por tanto, se debe reconocer que este gobierno ha jugado un papel fundamental en la transformación de este país. Pero igualmente, debemos reivindicar los históricos aportes que las iniciativas del pueblo venezolano le han dado a esta revolución, y que se expresan en los movimientos populares, estudiantiles, obreros, campesinos, intelectuales progresistas, indígenas, afroamericanos, de mujeres, militares revolucionarios, religiosos y de otros, que sin foto ni firma han escrito esta historia.
Por tanto, con el proceso constituyente realizado durante el año 1999, las características del sistema político venezolano cambiaron en forma radical: de un modelo democrático-representativo se pasó a otro modelo pero democrático-participativo. Con este nuevo modelo democrático-participativo en Venezuela, se intenta una redefinición de las relaciones del Estado y la sociedad, en términos de lograr una mayor redistribución, desconcentración y descentralización del poder y la toma de decisiones. Esta situación no ha surgido de la nada o por un acto de magia.
De allí que, para una mejor comprensión del proceso político venezolano, sea importante reconocer que la participación ciudadana fue un tema considerado por anteriores administraciones gubernamentales.
El “esquema operativo” del sistema político inaugurado en 1958, reglamentado con la Constitución de 1961, y fundamentado en la “democracia liberal clásica” fue evolucionando hacia formas de inclusión ciudadana en los asuntos públicos; mediante el desarrollo de distintas leyes buscando una mayor profundización de la democracia venezolana. Ese proceso evolutivo fue el resultado de tres factores socio-políticos muy importantes:
1. La creciente demanda de participación en la toma de decisiones públicas de los actores alternativos a los protagonistas formales, que estableció el denominado Pacto de Punto Fijo como fueron los partidos políticos, la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), FEDECÁMARAS y en menor grado la Iglesia Católica.
2. El desgaste y la baja calidad del rendimiento del modelo de gestión pública centralista y concentrado en la atención de los asuntos de interés colectivo y.
3. El notable desarrollo y evolución de la percepción y la preparación técnica de sectores avanzados de la burocracia pública venezolana, que se posicionaron en sintonía con las demandas de modernidad que exigía el sistema político democrático-representativo venezolano; a partir de la década de los años ochenta.
En tal sentido, se destaca que en la Carta Magna de 1961 consagró el derecho a la participación ciudadana en los campos político, económico, social y legislativo; mediante el establecimiento de una serie de derechos constitucionales.
El artículo 67 establecía el derecho de la ciudadanía a presentar o dirigir peticiones ante funcionarios y agencias gubernamentales; así como a obtener respuesta oportuna.
El artículo 68 consagró el derecho de los ciudadanos a utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses, en los términos y condiciones establecidas por la ley; estableciendo de igual manera, la fijación de normas que aseguraran el ejercicio de este derecho a quienes no dispusieran de medios suficientes.
En el campo económico, la participación social fue instituida mediante la protección de la iniciativa privada en su artículo 98 con el propósito de impulsar conjuntamente con el Estado, la generación de riqueza e impulsar el desarrollo económico.
El artículo 109 disponía la integración, organización y atribuciones de cuerpos consultivos para recibir opiniones en materia de política económica de distintos sectores sociales del país; tales como: el empresariado, la población consumidora, los sindicatos de trabajadores, los gremios profesionales y las universidades.
En cuanto a los Derechos Políticos, se contemplaba el derecho y el deber al sufragio; a través del artículo 110. Los artículos 111 y 112 determinaban las condiciones de participación y elegibilidad de los ciudadanos.
Los artículos 114 y 115 decretaban el derecho de todos los venezolanos aptos para el voto de asociarse en partidos políticos para manifestar y participar, por métodos democráticos, en la dinámica de la política nacional.
El artículo 165 determinaba la participación de los ciudadanos en la formación de leyes.
La participación social también fue incluida en las posibilidades de reformar la Constitución Nacional; mediante referendum en el artículo 246.
Por último, en su artículo 250, la Constitución de 1961, requería de la participación de la población en su defensa; en caso de que dejare de observarse por actos de fuerza o intentara ser derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma disponía.
En consecuencia, en el año 1999 se propone la formulación y cambio de la Constitución Nacional con la finalidad de cambiar el modelo democrático representativo a participativo y protagónico.
Finalmente se puede mencionar, que el proceso constituyente no ha culminado. Continúa llevándose a cabo, tal como lo expresan el Presidente y el pueblo organizado, en la propuesta del salto adelante. La Constitución Bolivariana es un instrumento para esta transformación. El salto adelante obliga a realizar cambios profundos, los cuales pasan por la creación o adecuación de una nueva institucionalidad. Estos cambios exigen la postura de un nuevo ejercicio de ciudadanía, enmarcada en la participación protagónica.
Una de las premisas más interesantes que deben estudiarse en el periodo democrático venezolano a partir de 1998 es el término Revolución, el cual es usado con holgura por el actual presidente de la República, entendida esta como un cambio en el orden político, económico y social, por cuanto es sabido que en la etapa de 1958 hasta Diciembre de 1999, se presenta la crisis terminal del Estado centralizado de partidos, en donde los partidos políticos y sus cogollos tomaron el poder absoluto de todos los espacios societales, dejando a los ciudadanos sin el poder de participar activamente dentro de la política, lo cual a su vez, trajo como consecuencia que los partidos políticos perdieran el carácter de intermediarios entre el Estado y los ciudadanos. No se debe dejar de mencionar que el proyecto político de la democracia naciente en 1958 ideado por el liderazgo político de la época se desarrollo y el país indudablemente se democratizó, pero ese mismo liderazgo y sus partidos políticos que contribuyeron al mantenimiento y consolidación de la democracia, no entendieron los cambios avisados que solicitó la sociedad venezolana, es decir, ideológicamente la sociedad democrática progresó al pedir cambios, pero los partidos políticos no respondieron a este síntoma de madurez política y de modernidad social que los tiempos requerían.
Por tanto, el fin de la democracia en Venezuela según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el país se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La democracia, en Venezuela se basa en los principios de un sistema de gobierno caracterizado por el respeto a los derechos humanos, al Estado de Derecho, con celebración periódica de elecciones, pluralidad política y separación de poderes públicos. Sus fundamentos son la transparencia gubernamental, la probidad, la responsabilidad en la gestión pública, el respeto a los derechos sociales, la libertad de expresión y el respeto a las minorías.
Soberanía, Participación y Protagonismo en Venezuela
La soberanía es el ejercicio de la autoridad suprema que reside en el pueblo y que se ejerce a través de los poderes.
La Soberanía es uno de los elementos más representativos del Poder del Estado, y es el pueblo, tan mencionado en los ordenamientos jurídicos quien lo detenta y ejerce por medio de los órganos destinados para tal fin. El estudio de la Soberanía implica el conocimiento de una serie de elementos que permitan su fácil comprensión, así que se debe comenzar por saber de dónde se origina (Álvarez, 2008).
Es importante mencionar, que el concepto de soberanía surgió cuando los europeos de los siglos XVI y XVII empezaron a buscar fundamentos laicos sobre los que basar la autoridad de los incipientes estados nacionales. El término soberanía proviene de la palabra soberano que implica ausencia de control; pero soberano también es el jefe de un Estado monárquico, es decir, de un ente político, y por esta razón la soberanía ha surgido en el campo político.
En los sistemas donde el mando está en manos de una sola persona, conocidos como sistemas monárquicos o dictatoriales, la soberanía es ejercida por el soberano, dictador, emperador o rey; y en los sistemas democráticos, que se basan en el estado de derecho, la soberanía está en manos del pueblo.
Así que, en primer lugar, es el pueblo, o el factor humano del Estado quien detenta la soberanía. No obstante, es imposible que la soberanía en los Estados democráticos sea ejercida directamente por el pueblo, y por esta razón la misma es delegada en los órganos que conforman el Estado. De esta manera el concepto de soberanía surge en lo político, posteriormente debió transformarse con la intención de garantizar un fondo jurídico al poder del Estado.
Históricamente el gran problema con la soberanía ha sido determinar en quién recae la misma. Muchos estudiosos del derecho constitucional, entre ellos Sánchez Viamonte, han explicado con más claridad este hecho, conviniendo que en las repúblicas democráticas, no puede haber más soberanía interna o externa que la popular, es decir, que desde el punto de vista político, la soberanía no es otra cosa que la voluntad de la mayoría. Coincidiendo con el Dr. Humberto La Roche, la Soberanía se encuentra entonces íntimamente ligada al concepto mismo de Estado, de manera que el Poder Soberano viene a ser uno de los elementos que contribuye a estructurarlo. Por esto, se dice que la Soberanía Nacional es lo más importante dentro del Estado. Es la suprema autoridad.
En Venezuela la Soberanía está expresamente establecida y también los sujetos que pueden detentarla, o ejercerla, es así como la Constitución de la República en su Titulo I, referido a los Principios Fundamentales, en su artículo 5 establece que la Soberanía esta en manos del pueblo venezolano quien la delega en los órganos del Estado, consagrada de la siguiente manera:
La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
De lo anterior se destaca que, intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución. Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo. Asimismo, la Constitución y las leyes establecen las formas para ejercerla. Es ella quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.
En cuanto a la participación y protagonismo se refiere que, constitucionalmente en Venezuela son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad (Artículo 70 C.R.B.V.).
Asimismo, la Carta Magna de Venezuela, en su Artículo 132, establece lo siguiente:
Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.
De allí, la importancia que tiene para el país el ejercicio de la participación y protagonismo de los venezolanos y venezolanas en el país, considerando el ejercicio de la soberanía popular y la participación en la decisión, la cual implica que la sociedad cuente con herramientas para participar en las decisiones que se tomen respecto de asuntos públicos y que su opinión pueda definir el sentido de las medidas tomadas. Es en este nivel donde se pueden implementar las figuras de democracia directa como el plebiscito y el referéndum. La participación en el control, este nivel se refiere a la posibilidad de los ciudadanos de llevar a cabo algún tipo de fiscalización y evaluación del trabajo gubernamental.
Esto con el fin de verificar que lo decidido de manera conjunta por el gobierno y la sociedad se haya llevado a cabo. En este caso, mecanismos como la revocación de mandato y la rendición de cuentas pueden ser de gran utilidad. Asimismo, la participación en la ejecución, en este nivel se puede decir que se da el esplendor de la participación, pues implica la combinación de los anteriores niveles, además de un alto nivel de coordinación y corresponsabilidad entre el gobierno y la ciudadanía.
Visión de la Participación Popular
En base a los planteamientos citados anteriormente, se puede decir que participar es tomar parte en algo en que hay diferentes partes (administración/administrados) la relación dependerá del poder que tenga cada parte; tomando en consideración que el objetivo que persigue la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos no es otro, por tanto, que darle contenido y ampliar la democracia; ya que democracia significa “gobierno del pueblo”, avanzando en lo que se conoce como “democracia participativa”.
En contraposición, en algunas ocasiones se presentan barreras a la participación, entre las cuales se pueden mencionar:
1. Escepticismo y apatía
2. Vencer la cultura clientelar y de otorgamiento de favores
3. Burocratismo
4. Verticalismo y autoritarismo
5. Escasez de tiempo: Muchas veces se suele poner metas cuyos plazos son muy cortos e impiden la maduración de los procesos participativos; por lo que es importante tener claro que la participación necesita tiempo para hilar una idea, tiempo para expresarse, tiempo para reafirmar las ideas de los otros, tiempo para conceder, para concretar una ideas en actividades prácticas, tiempo para resaltar las ideas correctas y esclarecerlas con argumentos.
6. Incapacidad de escuchar: Todos los ciudadanos y ciudadanas debe estar presentes en reuniones poco productivas en las que se imponen un diálogo de sordos. En tales espacios, los argumentos de unos pretenden ser impuestos a los demás sin que las partes logren ponerse de acuerdo
7. Intolerancia: Es necesario ser tolerante, es necesario adquirir una cultura de diálogo y de debate.
De allí, que la participación popular en Venezuela, está transitado desde una forma de ejerció democrático de carácter elitario (de minorías) donde las mayoría delegaban en aquellas su representación, y así la toma de decisiones, a una forma de ejercicio democrático donde las mayorías quieren hacerse presentes también en la toma de decisiones.
Sin embargo, la participación popular cuenta con diferentes bondades, las cuales permiten que las comunidades crezcan y desarrollen valores y nuevas sensibilidades, tales como:
1. Eleva la autoestima popular: A medida que las personas van participando en los asuntos que le son propios y logran, con su organización y lucha, resolver sus propios problemas, se produce un cambio cualitativo con respecto a lo que antes existía, las personas comienzan a recuperar la confianza y se ven a sí mismas como sujetos que aprenden, transforman y propician el cambio positivo. Constatan, al mismo tiempo, el poder de las comunidades organizadas.
De allí, el énfasis en cuidar cada una de las dinámicas que se llevan adelante en el proceso participativo, que van transformando a las personas de actores pasivos en actores o sujetos capaces de construir su propio destino.
2. Respeto a las diferencias y superación de las divisiones: En la medida que una comunidad organizada de base trabaja por alcanzar las metas consensuadas, se genera un proceso de reconocimiento de los “otros” como ciudadanos con iguales derechos. Ese proceso hace visible temas y agendas subterráneas como la del género, la diversidad sexual, las minorías étnicas o el respeto a la biodiversidad, enriqueciendo las prácticas comunitarias de base.
Por otra parte, un trabajo participativo popular en proyectos comunitarios facilita enormemente la articulación de todos los sectores progresistas y de la izquierda, tanto de los militantes de partidos como de los militantes sociales, como de gente sin partido porque permite hacer un tipo de convocatoria diferente. Para trabajar por un proyecto de esta índole no hay que adherir necesariamente a un partido, a un frente, a un movimiento.
3) Politización: La participación popular protagónica en las distintas instancias de gobierno hace que las personas involucradas en ella crezcan en conciencia política.
Hay que entender que la política no es propiedad de los partidos políticos. Tiene que ver con la preocupación y actuación sobre la sociedad. Viene del griego ‘polis’, que significa ciudad. Ya el filósofo griego, Aristóteles, decía que el hombre era un animal político.
La politización, por lo tanto, no es lo mismo que partidización. Una persona se politiza o adquiere conciencia política en la medida en que deja de centrar toda la atención en sus problemas individuales o de su pequeño grupo y empieza a ver los problemas en un contexto más global; una persona que es capaz de sobrepasar los estrechos límites de su localidad, sector, partido, gremio, grupo de opinión, tendencia, y asume como suyos los intereses globales de la sociedad de la cual forman parte.
En este sentido es que la participación popular de los ciudadanos en los asuntos públicos se constituye en uno de los caminos para su politización de los ciudadanos y para dar viabilidad a un proyecto de emancipación común.
Es el proceso de toma de conciencia de la población sobre su condición ciudadana, es decir, con derechos y deberes que se concretan en espacios sociales comunes.
Por tanto, para que la participación sea sostenible, se dé a lo largo del tiempo, se deben de cumplir tres requisitos: poder, saber y querer (Claves, 1994). Condiciones para la participación:
- Poder. Crear cauces que la permitan, normas, mecanismos, estructuras, organización. Es el primer paso imprescindible para poner en marcha cualquier proceso de fomento de la participación.
- Saber. Capacidad, conocer cómo, habilidades, destrezas,... lo cual exige aprendizaje, saber unas técnicas.
- Querer. Incentivar la participación, mostrar que participar es algo satisfactorio, creativo. Explicar las razones, los motivos para participar, qué es algo útil para la sociedad y para nosotros mismos. Crear motivación, interés, deseo... es tal vez lo más difícil o lo que más fácil se nos olvida de explicar a los que estamos acostumbrados a participar en los asuntos públicos.
De allí, que para que los ciudadanos quieran la participación, debe de ser eficaz, que la ciudadanía la vea como algo que les es útil, que sirve en lo concreto y que se tienen en cuenta sus opiniones y los compromisos acordados, que hay resultados públicos verificables y evaluables.
En cuanto al ámbito de participación popular en Venezuela, en el artículo 62 de la Carta Magna, se establece:
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.
En cuanto a la participación ciudadana en los asuntos públicos, la Constitución establece áreas de suma importancia para el propósito de la inclusión social, al establecer el deber y corresponsabilidad de los ciudadanos y la sociedad organizada de participar en programas de seguridad ciudadana, las políticas públicas dirigidas a sectores vulnerables de la población tales como niños/as y adolescentes, jóvenes, ancianos y discapacitados, y la reivindicación de los pueblos indígenas. Asimismo, se amplía la corresponsabilidad en la salud, la educación y el ambiente.
El ejercicio de la gestión pública ya no es una práctica burocrática como responsabilidad exclusiva del funcionario, sino que debe involucrar elementos de Participación ciudadana en la toma de decisiones y en la construcción de todos los elementos que permiten el desarrollo de la gestión (formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas). Es relevante a los efectos del ejercicio de la gobernabilidad la concreción de una gestión pública centrada en la gente; es decir, que tome en cuenta necesidades, aspiraciones, propuestas, proyectos y actividades de carácter administrativo o financiero que involucre y tenga presente los intereses de la ciudadanía.
La relación de la gestión pública con la corresponsabilidad social se expresa en los elementos de la nueva institucionalidad ya descrita, y representa la concreción de un deber establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual la ciudadanía y las organizaciones sociales se relacionan directamente con las obligaciones del Estado orientadas al bienestar social y al mejoramiento de los servicios públicos.
Desde la perspectiva de la organización social y de propuestas orientadas a lograr la reforma del Estado, la democratización, reforma administrativa o elementos del gobierno participativo, la relación entre gestión pública y corresponsabilidad social se enmarca como una concreción de la participación que orienta la capacidad de decisión y respuesta de los organismos públicos.
La corresponsabilidad social orienta la formulación de propuestas como las contenidas en el Artículo 184 de la Constitución de la República, que permiten la descentralización participativa. De este modo, se orientan adecuadamente las modalidades de descentralización de servicios, programas sociales o de atención a las comunidades.
Dentro de esta perspectiva, la relación descrita propiciaría experiencias de construcción de alianzas sociales orientadas a la lucha contra la pobreza y otros compromisos asumidos por los Estados en sus relaciones multilaterales, o en declaraciones vinculadas al tema de los derechos humanos.
En consecuencia, todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar en los asuntos públicos del país, en la toma de decisiones mediante los diferentes sistemas de participación popular establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en conjunto con el Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social del Ciudadano, el cual nace oficialmente el 27 de junio de 2005, mediante Decreto Nro. 3.753 de la Presidencia de la República, publicado en Gaceta Oficial Nro. 38.262 del 31 de Agosto de 2005; bajo la misión de formular, coordinar y ejecutar políticas, planes y proyectos estratégicos que permitan desarrollar e incorporar a la población en general y en especial a los grupos sociales excluidos, a la vida productiva de la República, a partir de la participación activa y protagónica, en los espacios político, social, cultural y económica; orientado a construir el nuevo modelo de sociedad corresponsable establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Asimismo, el Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social del Ciudadano, tiene su justificación tomando en consideración los siguientes aspectos:
1. Necesidad de alinear las acciones del Ministerio con los cinco ejes de equilibrio y los diez objetivos estratégicos de la Nación (Salto Adelante).
2. Desarticulación intra e interinstitucional.
3. Poca claridad en la misión de los organismos adscritos a los antiguos ministerios.
4. Burocracia
5. Corrupción
6. Necesidad de avanzar a un Desarrollo Social Integral que incorpore activamente la participación popular.
De acuerdo al Artículo 28 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Central, son competencias del Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social:
1. La regulación, formulación y seguimiento de políticas y la planificación estratégica y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de promoción, asistencia y desarrollo social integral y participación. Dichas políticas estarán dirigidas al fomento del desarrollo humano, especialmente en los grupos sociales más sensibles, así como también a la familia y a la juventud.
Finalmente se puede decir que la visión del Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social del Ciudadano: es “Ser el organismo rector de referencia nacional e internacional en el diseño y ejecución de políticas de promoción y desarrollo social integral y participativo, dirigidas al fomento de las garantías y el desarrollo humano, dentro de la concepción del Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia”.
INTRODUCCIÓN 1
DEMOCRACIA 2
Democracia Participativa y Protagónica en Venezuela 3
Democracia Participativa 3
Venezuela: de la Democracia Representativa a la Democracia Participativa 4
Soberanía, Participación y Protagonismo en Venezuela 10
Visión de la Participación Popular 14
CONCLUSIÓN 21
REFERENCIAS 22
INTRODUCCIÓN
En la actualidad, se conoce que democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo.
En sentido estricto, la democracia es una forma de gobierno, de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que le confieren legitimidad a los representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales de cada país que la ejerce.
En la sociedad venezolana a vivido diferentes cambios, ya que en la actualidad el gobierno de turno está implementando el socialismo del siglo XXI, considerando que el socialismo es una ideología de economía política que defiende principalmente un sistema social, económico y político basado en la socialización de los medios de producción, o control administrativo colectivista, que puede ser no-estatal (propiedad comunitaria) o estatal (nacionalización), donde predomina la democracia participativa y protagónica en Venezuela.
De lo anterior se desprende la presente investigación, la cual estará basada en la democracia participativa y protagónica en Venezuela, soberanía, participación y protagonismo de los ciudadanos en el país, y por último la visión de la participación popular desde el punto de vista del desarrollo social.
DEMOCRACIA
La democracia, es un concepto excitante y el incremento del número de Estados adscritos a prácticas democráticas en la actualidad ha significado una vida diferente para aquellos que ahora viven libres de cualquier opresión política o de un régimen autoritario.
Para Anza (2000), la democracia no consiste de un conjunto individual y único de instituciones que sean universalmente aplicables. La forma específica que adquiere la democracia en un país está determinada en gran medida por las circunstancias políticas, sociales y económicas prevalecientes, así como por factores históricos, tradicionales y culturales.
Por tanto, la democracia, es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del poder reside y está sustentada, en pueblo. Es éste, por medio de elecciones directas o indirectas, quien elige las principales autoridades del país. Asimismo, es el pueblo, quien puede cambiar o ratificar a estas mismas autoridades, en las siguientes elecciones populares. Por este motivo los griegos hablaban de la democracia, como el gobierno del pueblo; de hecho este es su significado literal.
Es así, como se puede conformar una democracia directa, donde el pueblo es quien toma todas las decisiones ejecutivas y legislativas, o la democracia representativa, donde le pueblo por medio de votación popular escoge las autoridades que representarán a la ciudadanía, en la toma de decisiones.
Hoy en día, la gran mayoría de los sistemas democráticos, funcionan por medio de la representación; podemos imaginar lo complicado que sería de otra manera, con la población actual de los países.
De allí, que la democracia existe para otorgarle a la gente una forma de vivir en comunidad de manera que resulte beneficiosa para todos.
Democracia Participativa y Protagónica en Venezuela
Democracia Participativa
La democracia participativa o semidirecta es una expresión amplia, que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.
Lewis (2002), menciona que puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas.
En la actualidad se manifiesta usualmente por medio de referendos o plebiscitos que los representantes elaboran para consultar de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes. En una etapa más avanzada, el proyecto fundamental de la democracia participativa es la creación de un mecanismo de deliberaciones mediante el cual el pueblo, con su propia participación, esté habilitado para manifestarse por igual con puntos de vista tanto mayoritarios como minoritarios. Sin negar que todo sistema democrático eventualmente ha de descansar en decisiones mayoritarias, los mecanismos o i nstituciones de participación tienen el propósito de hacer hincapié en el pleno respeto a las minorías, sus opiniones y su amplia manifestación a través de un mecanismo participativo e institucionalizado.
La democracia participativa no es una participación desordenada, caótica ni inorgánica, sino una disciplinada forma de participación, respetuosa de los intereses, ideas y principios de los demás.
Por su parte, la democracia protagónica es un principio entendido como derecho y deber sociopolítico, que establece una interrelación entre seres humanos para favorecer su desarrollo integral, mediante una actividad y capacidad para intervenir en los asuntos públicos, los cuales están establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este derecho deber exige que la ciudadanía se involucre permanentemente de manera profunda, amplia y organizada, alrededor de todo lo que por hecho y derecho les pertenece en los órdenes: social, político, cultural, territorial, ético, económico y productivo.
La participación protagónica está orientada a ocupar y consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la ciudadanía con los órganos del Poder Público, para gobernar y compartir responsabilidades, en la gestión pública local. De esta manera “se plantea una redistribución del poder como propiedad colectiva, que pertenece a todas y todos, y que se ejerce a través de las diferentes instancias y mecanismos institucionales y comunitarios”. (Cañas, 2002).
Venezuela: de la Democracia Representativa
a la Democracia Participativa
En la actualidad, la democracia ha sido definida tradicionalmente como gobierno del pueblo. Sin embargo, la mayoría de los países del mundo han entendido por democracia, lo que se conoce como democracia representativa. En este modelo, la ciudadanía transfieren, a través del voto, su soberanía a unas o unos representantes.
En Venezuela desde 1945, con la excepción del periodo correspondiente a la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, se impuso el modelo representativo. Este modelo se consolida a partir de 1958 y adquiere su expresión formal con la Constitución de la República de Venezuela sancionada en 1961.
El modelo representativo ha sido una bandera de los Estados Unidos de Norteamérica para imponer su hegemonía. En el caso de América Latina, este modelo es respaldado por la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos (OEA). La Carta Democrática Interamericana, ha sido utilizada para amedrentar a aquellos pueblos que intentan desarrollar autodeterminada y soberanamente, un nuevo modelo político y económico que atente contra el control que detentan la oligarquía y las transnacionales, tal como sucede hoy en Venezuela.
En consecuencia, se define democracia participativa y protagónica como una nueva forma de democracia marcada por la participación libre y activa de la ciudadanía en la formulación, ejecución y control de la gestión pública como mecanismo necesario para lograr el protagonismo que garantice el completo desarrollo, individual y colectivo.
De allí, que el proceso constituyente, desarrollado en Venezuela desde 1998, ha replanteado en el mundo un debate sobre otro modelo de democracia: la democracia participativa y protagónica. Este modelo es el eje fundamental de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promulgada en 1999.
Esta Constitución puede entenderse como una plataforma programática para la construcción de la Venezuela bolivariana. Propone así, la refundación de la República en el marco de una democracia participativa y protagónica que reivindique el carácter multiétnico y pluricultural de nuestra sociedad. También incorpora la economía social como aporte al nuevo modelo económico. Además, reivindica el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, y finalmente establece que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce de manera directa, como ciudadanas y ciudadanos activos y protagónicos, e indirectamente, mediante el sufragio.
Por tanto, se debe reconocer que este gobierno ha jugado un papel fundamental en la transformación de este país. Pero igualmente, debemos reivindicar los históricos aportes que las iniciativas del pueblo venezolano le han dado a esta revolución, y que se expresan en los movimientos populares, estudiantiles, obreros, campesinos, intelectuales progresistas, indígenas, afroamericanos, de mujeres, militares revolucionarios, religiosos y de otros, que sin foto ni firma han escrito esta historia.
Por tanto, con el proceso constituyente realizado durante el año 1999, las características del sistema político venezolano cambiaron en forma radical: de un modelo democrático-representativo se pasó a otro modelo pero democrático-participativo. Con este nuevo modelo democrático-participativo en Venezuela, se intenta una redefinición de las relaciones del Estado y la sociedad, en términos de lograr una mayor redistribución, desconcentración y descentralización del poder y la toma de decisiones. Esta situación no ha surgido de la nada o por un acto de magia.
De allí que, para una mejor comprensión del proceso político venezolano, sea importante reconocer que la participación ciudadana fue un tema considerado por anteriores administraciones gubernamentales.
El “esquema operativo” del sistema político inaugurado en 1958, reglamentado con la Constitución de 1961, y fundamentado en la “democracia liberal clásica” fue evolucionando hacia formas de inclusión ciudadana en los asuntos públicos; mediante el desarrollo de distintas leyes buscando una mayor profundización de la democracia venezolana. Ese proceso evolutivo fue el resultado de tres factores socio-políticos muy importantes:
1. La creciente demanda de participación en la toma de decisiones públicas de los actores alternativos a los protagonistas formales, que estableció el denominado Pacto de Punto Fijo como fueron los partidos políticos, la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), FEDECÁMARAS y en menor grado la Iglesia Católica.
2. El desgaste y la baja calidad del rendimiento del modelo de gestión pública centralista y concentrado en la atención de los asuntos de interés colectivo y.
3. El notable desarrollo y evolución de la percepción y la preparación técnica de sectores avanzados de la burocracia pública venezolana, que se posicionaron en sintonía con las demandas de modernidad que exigía el sistema político democrático-representativo venezolano; a partir de la década de los años ochenta.
En tal sentido, se destaca que en la Carta Magna de 1961 consagró el derecho a la participación ciudadana en los campos político, económico, social y legislativo; mediante el establecimiento de una serie de derechos constitucionales.
El artículo 67 establecía el derecho de la ciudadanía a presentar o dirigir peticiones ante funcionarios y agencias gubernamentales; así como a obtener respuesta oportuna.
El artículo 68 consagró el derecho de los ciudadanos a utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses, en los términos y condiciones establecidas por la ley; estableciendo de igual manera, la fijación de normas que aseguraran el ejercicio de este derecho a quienes no dispusieran de medios suficientes.
En el campo económico, la participación social fue instituida mediante la protección de la iniciativa privada en su artículo 98 con el propósito de impulsar conjuntamente con el Estado, la generación de riqueza e impulsar el desarrollo económico.
El artículo 109 disponía la integración, organización y atribuciones de cuerpos consultivos para recibir opiniones en materia de política económica de distintos sectores sociales del país; tales como: el empresariado, la población consumidora, los sindicatos de trabajadores, los gremios profesionales y las universidades.
En cuanto a los Derechos Políticos, se contemplaba el derecho y el deber al sufragio; a través del artículo 110. Los artículos 111 y 112 determinaban las condiciones de participación y elegibilidad de los ciudadanos.
Los artículos 114 y 115 decretaban el derecho de todos los venezolanos aptos para el voto de asociarse en partidos políticos para manifestar y participar, por métodos democráticos, en la dinámica de la política nacional.
El artículo 165 determinaba la participación de los ciudadanos en la formación de leyes.
La participación social también fue incluida en las posibilidades de reformar la Constitución Nacional; mediante referendum en el artículo 246.
Por último, en su artículo 250, la Constitución de 1961, requería de la participación de la población en su defensa; en caso de que dejare de observarse por actos de fuerza o intentara ser derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma disponía.
En consecuencia, en el año 1999 se propone la formulación y cambio de la Constitución Nacional con la finalidad de cambiar el modelo democrático representativo a participativo y protagónico.
Finalmente se puede mencionar, que el proceso constituyente no ha culminado. Continúa llevándose a cabo, tal como lo expresan el Presidente y el pueblo organizado, en la propuesta del salto adelante. La Constitución Bolivariana es un instrumento para esta transformación. El salto adelante obliga a realizar cambios profundos, los cuales pasan por la creación o adecuación de una nueva institucionalidad. Estos cambios exigen la postura de un nuevo ejercicio de ciudadanía, enmarcada en la participación protagónica.
Una de las premisas más interesantes que deben estudiarse en el periodo democrático venezolano a partir de 1998 es el término Revolución, el cual es usado con holgura por el actual presidente de la República, entendida esta como un cambio en el orden político, económico y social, por cuanto es sabido que en la etapa de 1958 hasta Diciembre de 1999, se presenta la crisis terminal del Estado centralizado de partidos, en donde los partidos políticos y sus cogollos tomaron el poder absoluto de todos los espacios societales, dejando a los ciudadanos sin el poder de participar activamente dentro de la política, lo cual a su vez, trajo como consecuencia que los partidos políticos perdieran el carácter de intermediarios entre el Estado y los ciudadanos. No se debe dejar de mencionar que el proyecto político de la democracia naciente en 1958 ideado por el liderazgo político de la época se desarrollo y el país indudablemente se democratizó, pero ese mismo liderazgo y sus partidos políticos que contribuyeron al mantenimiento y consolidación de la democracia, no entendieron los cambios avisados que solicitó la sociedad venezolana, es decir, ideológicamente la sociedad democrática progresó al pedir cambios, pero los partidos políticos no respondieron a este síntoma de madurez política y de modernidad social que los tiempos requerían.
Por tanto, el fin de la democracia en Venezuela según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el país se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La democracia, en Venezuela se basa en los principios de un sistema de gobierno caracterizado por el respeto a los derechos humanos, al Estado de Derecho, con celebración periódica de elecciones, pluralidad política y separación de poderes públicos. Sus fundamentos son la transparencia gubernamental, la probidad, la responsabilidad en la gestión pública, el respeto a los derechos sociales, la libertad de expresión y el respeto a las minorías.
Soberanía, Participación y Protagonismo en Venezuela
La soberanía es el ejercicio de la autoridad suprema que reside en el pueblo y que se ejerce a través de los poderes.
La Soberanía es uno de los elementos más representativos del Poder del Estado, y es el pueblo, tan mencionado en los ordenamientos jurídicos quien lo detenta y ejerce por medio de los órganos destinados para tal fin. El estudio de la Soberanía implica el conocimiento de una serie de elementos que permitan su fácil comprensión, así que se debe comenzar por saber de dónde se origina (Álvarez, 2008).
Es importante mencionar, que el concepto de soberanía surgió cuando los europeos de los siglos XVI y XVII empezaron a buscar fundamentos laicos sobre los que basar la autoridad de los incipientes estados nacionales. El término soberanía proviene de la palabra soberano que implica ausencia de control; pero soberano también es el jefe de un Estado monárquico, es decir, de un ente político, y por esta razón la soberanía ha surgido en el campo político.
En los sistemas donde el mando está en manos de una sola persona, conocidos como sistemas monárquicos o dictatoriales, la soberanía es ejercida por el soberano, dictador, emperador o rey; y en los sistemas democráticos, que se basan en el estado de derecho, la soberanía está en manos del pueblo.
Así que, en primer lugar, es el pueblo, o el factor humano del Estado quien detenta la soberanía. No obstante, es imposible que la soberanía en los Estados democráticos sea ejercida directamente por el pueblo, y por esta razón la misma es delegada en los órganos que conforman el Estado. De esta manera el concepto de soberanía surge en lo político, posteriormente debió transformarse con la intención de garantizar un fondo jurídico al poder del Estado.
Históricamente el gran problema con la soberanía ha sido determinar en quién recae la misma. Muchos estudiosos del derecho constitucional, entre ellos Sánchez Viamonte, han explicado con más claridad este hecho, conviniendo que en las repúblicas democráticas, no puede haber más soberanía interna o externa que la popular, es decir, que desde el punto de vista político, la soberanía no es otra cosa que la voluntad de la mayoría. Coincidiendo con el Dr. Humberto La Roche, la Soberanía se encuentra entonces íntimamente ligada al concepto mismo de Estado, de manera que el Poder Soberano viene a ser uno de los elementos que contribuye a estructurarlo. Por esto, se dice que la Soberanía Nacional es lo más importante dentro del Estado. Es la suprema autoridad.
En Venezuela la Soberanía está expresamente establecida y también los sujetos que pueden detentarla, o ejercerla, es así como la Constitución de la República en su Titulo I, referido a los Principios Fundamentales, en su artículo 5 establece que la Soberanía esta en manos del pueblo venezolano quien la delega en los órganos del Estado, consagrada de la siguiente manera:
La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
De lo anterior se destaca que, intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución. Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo. Asimismo, la Constitución y las leyes establecen las formas para ejercerla. Es ella quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.
En cuanto a la participación y protagonismo se refiere que, constitucionalmente en Venezuela son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad (Artículo 70 C.R.B.V.).
Asimismo, la Carta Magna de Venezuela, en su Artículo 132, establece lo siguiente:
Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.
De allí, la importancia que tiene para el país el ejercicio de la participación y protagonismo de los venezolanos y venezolanas en el país, considerando el ejercicio de la soberanía popular y la participación en la decisión, la cual implica que la sociedad cuente con herramientas para participar en las decisiones que se tomen respecto de asuntos públicos y que su opinión pueda definir el sentido de las medidas tomadas. Es en este nivel donde se pueden implementar las figuras de democracia directa como el plebiscito y el referéndum. La participación en el control, este nivel se refiere a la posibilidad de los ciudadanos de llevar a cabo algún tipo de fiscalización y evaluación del trabajo gubernamental.
Esto con el fin de verificar que lo decidido de manera conjunta por el gobierno y la sociedad se haya llevado a cabo. En este caso, mecanismos como la revocación de mandato y la rendición de cuentas pueden ser de gran utilidad. Asimismo, la participación en la ejecución, en este nivel se puede decir que se da el esplendor de la participación, pues implica la combinación de los anteriores niveles, además de un alto nivel de coordinación y corresponsabilidad entre el gobierno y la ciudadanía.
Visión de la Participación Popular
En base a los planteamientos citados anteriormente, se puede decir que participar es tomar parte en algo en que hay diferentes partes (administración/administrados) la relación dependerá del poder que tenga cada parte; tomando en consideración que el objetivo que persigue la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos no es otro, por tanto, que darle contenido y ampliar la democracia; ya que democracia significa “gobierno del pueblo”, avanzando en lo que se conoce como “democracia participativa”.
En contraposición, en algunas ocasiones se presentan barreras a la participación, entre las cuales se pueden mencionar:
1. Escepticismo y apatía
2. Vencer la cultura clientelar y de otorgamiento de favores
3. Burocratismo
4. Verticalismo y autoritarismo
5. Escasez de tiempo: Muchas veces se suele poner metas cuyos plazos son muy cortos e impiden la maduración de los procesos participativos; por lo que es importante tener claro que la participación necesita tiempo para hilar una idea, tiempo para expresarse, tiempo para reafirmar las ideas de los otros, tiempo para conceder, para concretar una ideas en actividades prácticas, tiempo para resaltar las ideas correctas y esclarecerlas con argumentos.
6. Incapacidad de escuchar: Todos los ciudadanos y ciudadanas debe estar presentes en reuniones poco productivas en las que se imponen un diálogo de sordos. En tales espacios, los argumentos de unos pretenden ser impuestos a los demás sin que las partes logren ponerse de acuerdo
7. Intolerancia: Es necesario ser tolerante, es necesario adquirir una cultura de diálogo y de debate.
De allí, que la participación popular en Venezuela, está transitado desde una forma de ejerció democrático de carácter elitario (de minorías) donde las mayoría delegaban en aquellas su representación, y así la toma de decisiones, a una forma de ejercicio democrático donde las mayorías quieren hacerse presentes también en la toma de decisiones.
Sin embargo, la participación popular cuenta con diferentes bondades, las cuales permiten que las comunidades crezcan y desarrollen valores y nuevas sensibilidades, tales como:
1. Eleva la autoestima popular: A medida que las personas van participando en los asuntos que le son propios y logran, con su organización y lucha, resolver sus propios problemas, se produce un cambio cualitativo con respecto a lo que antes existía, las personas comienzan a recuperar la confianza y se ven a sí mismas como sujetos que aprenden, transforman y propician el cambio positivo. Constatan, al mismo tiempo, el poder de las comunidades organizadas.
De allí, el énfasis en cuidar cada una de las dinámicas que se llevan adelante en el proceso participativo, que van transformando a las personas de actores pasivos en actores o sujetos capaces de construir su propio destino.
2. Respeto a las diferencias y superación de las divisiones: En la medida que una comunidad organizada de base trabaja por alcanzar las metas consensuadas, se genera un proceso de reconocimiento de los “otros” como ciudadanos con iguales derechos. Ese proceso hace visible temas y agendas subterráneas como la del género, la diversidad sexual, las minorías étnicas o el respeto a la biodiversidad, enriqueciendo las prácticas comunitarias de base.
Por otra parte, un trabajo participativo popular en proyectos comunitarios facilita enormemente la articulación de todos los sectores progresistas y de la izquierda, tanto de los militantes de partidos como de los militantes sociales, como de gente sin partido porque permite hacer un tipo de convocatoria diferente. Para trabajar por un proyecto de esta índole no hay que adherir necesariamente a un partido, a un frente, a un movimiento.
3) Politización: La participación popular protagónica en las distintas instancias de gobierno hace que las personas involucradas en ella crezcan en conciencia política.
Hay que entender que la política no es propiedad de los partidos políticos. Tiene que ver con la preocupación y actuación sobre la sociedad. Viene del griego ‘polis’, que significa ciudad. Ya el filósofo griego, Aristóteles, decía que el hombre era un animal político.
La politización, por lo tanto, no es lo mismo que partidización. Una persona se politiza o adquiere conciencia política en la medida en que deja de centrar toda la atención en sus problemas individuales o de su pequeño grupo y empieza a ver los problemas en un contexto más global; una persona que es capaz de sobrepasar los estrechos límites de su localidad, sector, partido, gremio, grupo de opinión, tendencia, y asume como suyos los intereses globales de la sociedad de la cual forman parte.
En este sentido es que la participación popular de los ciudadanos en los asuntos públicos se constituye en uno de los caminos para su politización de los ciudadanos y para dar viabilidad a un proyecto de emancipación común.
Es el proceso de toma de conciencia de la población sobre su condición ciudadana, es decir, con derechos y deberes que se concretan en espacios sociales comunes.
Por tanto, para que la participación sea sostenible, se dé a lo largo del tiempo, se deben de cumplir tres requisitos: poder, saber y querer (Claves, 1994). Condiciones para la participación:
- Poder. Crear cauces que la permitan, normas, mecanismos, estructuras, organización. Es el primer paso imprescindible para poner en marcha cualquier proceso de fomento de la participación.
- Saber. Capacidad, conocer cómo, habilidades, destrezas,... lo cual exige aprendizaje, saber unas técnicas.
- Querer. Incentivar la participación, mostrar que participar es algo satisfactorio, creativo. Explicar las razones, los motivos para participar, qué es algo útil para la sociedad y para nosotros mismos. Crear motivación, interés, deseo... es tal vez lo más difícil o lo que más fácil se nos olvida de explicar a los que estamos acostumbrados a participar en los asuntos públicos.
De allí, que para que los ciudadanos quieran la participación, debe de ser eficaz, que la ciudadanía la vea como algo que les es útil, que sirve en lo concreto y que se tienen en cuenta sus opiniones y los compromisos acordados, que hay resultados públicos verificables y evaluables.
En cuanto al ámbito de participación popular en Venezuela, en el artículo 62 de la Carta Magna, se establece:
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.
En cuanto a la participación ciudadana en los asuntos públicos, la Constitución establece áreas de suma importancia para el propósito de la inclusión social, al establecer el deber y corresponsabilidad de los ciudadanos y la sociedad organizada de participar en programas de seguridad ciudadana, las políticas públicas dirigidas a sectores vulnerables de la población tales como niños/as y adolescentes, jóvenes, ancianos y discapacitados, y la reivindicación de los pueblos indígenas. Asimismo, se amplía la corresponsabilidad en la salud, la educación y el ambiente.
El ejercicio de la gestión pública ya no es una práctica burocrática como responsabilidad exclusiva del funcionario, sino que debe involucrar elementos de Participación ciudadana en la toma de decisiones y en la construcción de todos los elementos que permiten el desarrollo de la gestión (formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas). Es relevante a los efectos del ejercicio de la gobernabilidad la concreción de una gestión pública centrada en la gente; es decir, que tome en cuenta necesidades, aspiraciones, propuestas, proyectos y actividades de carácter administrativo o financiero que involucre y tenga presente los intereses de la ciudadanía.
La relación de la gestión pública con la corresponsabilidad social se expresa en los elementos de la nueva institucionalidad ya descrita, y representa la concreción de un deber establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual la ciudadanía y las organizaciones sociales se relacionan directamente con las obligaciones del Estado orientadas al bienestar social y al mejoramiento de los servicios públicos.
Desde la perspectiva de la organización social y de propuestas orientadas a lograr la reforma del Estado, la democratización, reforma administrativa o elementos del gobierno participativo, la relación entre gestión pública y corresponsabilidad social se enmarca como una concreción de la participación que orienta la capacidad de decisión y respuesta de los organismos públicos.
La corresponsabilidad social orienta la formulación de propuestas como las contenidas en el Artículo 184 de la Constitución de la República, que permiten la descentralización participativa. De este modo, se orientan adecuadamente las modalidades de descentralización de servicios, programas sociales o de atención a las comunidades.
Dentro de esta perspectiva, la relación descrita propiciaría experiencias de construcción de alianzas sociales orientadas a la lucha contra la pobreza y otros compromisos asumidos por los Estados en sus relaciones multilaterales, o en declaraciones vinculadas al tema de los derechos humanos.
En consecuencia, todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar en los asuntos públicos del país, en la toma de decisiones mediante los diferentes sistemas de participación popular establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en conjunto con el Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social del Ciudadano, el cual nace oficialmente el 27 de junio de 2005, mediante Decreto Nro. 3.753 de la Presidencia de la República, publicado en Gaceta Oficial Nro. 38.262 del 31 de Agosto de 2005; bajo la misión de formular, coordinar y ejecutar políticas, planes y proyectos estratégicos que permitan desarrollar e incorporar a la población en general y en especial a los grupos sociales excluidos, a la vida productiva de la República, a partir de la participación activa y protagónica, en los espacios político, social, cultural y económica; orientado a construir el nuevo modelo de sociedad corresponsable establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Asimismo, el Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social del Ciudadano, tiene su justificación tomando en consideración los siguientes aspectos:
1. Necesidad de alinear las acciones del Ministerio con los cinco ejes de equilibrio y los diez objetivos estratégicos de la Nación (Salto Adelante).
2. Desarticulación intra e interinstitucional.
3. Poca claridad en la misión de los organismos adscritos a los antiguos ministerios.
4. Burocracia
5. Corrupción
6. Necesidad de avanzar a un Desarrollo Social Integral que incorpore activamente la participación popular.
De acuerdo al Artículo 28 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Central, son competencias del Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social:
1. La regulación, formulación y seguimiento de políticas y la planificación estratégica y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de promoción, asistencia y desarrollo social integral y participación. Dichas políticas estarán dirigidas al fomento del desarrollo humano, especialmente en los grupos sociales más sensibles, así como también a la familia y a la juventud.
Finalmente se puede decir que la visión del Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social del Ciudadano: es “Ser el organismo rector de referencia nacional e internacional en el diseño y ejecución de políticas de promoción y desarrollo social integral y participativo, dirigidas al fomento de las garantías y el desarrollo humano, dentro de la concepción del Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia”.
CONCLUSIÓN
En base a los planteamientos anteriores se puede decir que, la participación popular y la democracia participativa y protagónica en Venezuela, en la actualidad la Constitución de la República está impregnada del elemento participativo: tanto en el Preámbulo, cuando se enuncia una sociedad democrática, participativa y protagónica, como en el Artículo 62, donde mejor se destaca el derecho de los ciudadanos a participar libremente en los asuntos públicos. Más allá de los mecanismos formales del sufragio, también se incluye el derecho a la asociación con fines políticos y el derecho de los ciudadanos a la rendición de cuentas públicas por parte de la Administración Pública.
En Venezuela, la democracia se construye día a día. No es un formalismo ni un simple término jurídico, es decir, se requieren mecanismos que permitan la ampliación de las posibilidades de interlocución entre las instituciones del Estado y la diversidad de actores sociales. Conforme se consolidan los espacios de participación y se amplían, la ciudadanía organizada reconoce el rol protagónico que le corresponde asumir en el ámbito nacional.
Por lo que es importante destacar, que la participación es el proceso mediante el cual se integra al ciudadano en la toma de decisiones, fiscalización, control y ejecución de las acciones en los asuntos públicos y privados, para permitirle su pleno desarrollo como ser humano y el de la comunidad en la cual se desenvuelve; logrando de esta manera desarrollar la capacidad de participación responsable y amplia de la ciudadanía y permitir que los ciudadanos hagan aportes en los procesos de planificación y ejecución sobre la base del conocimiento detallado de las condiciones y necesidades locales.
En base a los planteamientos anteriores se puede decir que, la participación popular y la democracia participativa y protagónica en Venezuela, en la actualidad la Constitución de la República está impregnada del elemento participativo: tanto en el Preámbulo, cuando se enuncia una sociedad democrática, participativa y protagónica, como en el Artículo 62, donde mejor se destaca el derecho de los ciudadanos a participar libremente en los asuntos públicos. Más allá de los mecanismos formales del sufragio, también se incluye el derecho a la asociación con fines políticos y el derecho de los ciudadanos a la rendición de cuentas públicas por parte de la Administración Pública.
En Venezuela, la democracia se construye día a día. No es un formalismo ni un simple término jurídico, es decir, se requieren mecanismos que permitan la ampliación de las posibilidades de interlocución entre las instituciones del Estado y la diversidad de actores sociales. Conforme se consolidan los espacios de participación y se amplían, la ciudadanía organizada reconoce el rol protagónico que le corresponde asumir en el ámbito nacional.
Por lo que es importante destacar, que la participación es el proceso mediante el cual se integra al ciudadano en la toma de decisiones, fiscalización, control y ejecución de las acciones en los asuntos públicos y privados, para permitirle su pleno desarrollo como ser humano y el de la comunidad en la cual se desenvuelve; logrando de esta manera desarrollar la capacidad de participación responsable y amplia de la ciudadanía y permitir que los ciudadanos hagan aportes en los procesos de planificación y ejecución sobre la base del conocimiento detallado de las condiciones y necesidades locales.
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